Jornada sobre las Profesiones Colegiadas, su Responsabilidad Civil y su Aseguramiento | |
![]() Tendrá lugar el jueves, 6 de octubre, en el Salón de Actos de Unicaja (C/Bernardo Mulleras 2, Ciudad Real), en horario de 17 a 20 h. Programa de la jornada |
Por la colegiación obligatoria de los Arquitectos | |
![]() Noticia en "CincoDías" Entrevista en "fotocasa.es" |
La Ley General de Salud Pública extenderá la asistencia a los profesionales con mutualidades | |
El Gobierno ha acordado en la reunión del Consejo de Ministros de este viernes declarar urgente la tramitación parlamentaria en el Senado del proyecto de Ley General de Salud Pública, que fue aprobada esta misma semana por el Congreso. Esta ley extenderá el derecho a la asistencia sanitaria pública a los colectivos que ahora no disponen de él, como los profesionales con mutualidades de previsión social, tales como abogados o arquitectos, entre otros. NOTA DEL CSCAE |
Entrevista al Decano Esteban Belmonte | |
![]() Entrevista en "laverdad.es" |
El Supremo rechaza la construcción de la Biblioteca de Sevilla | |
El Tribunal Supremo rechaza la construcción de la nueva Biblioteca de Sevilla proyectada por Zaha Hadid, por invadir zonas verdes protegidas por el PGOU. La obra, en avanzado estado de construcción, fue denunciada por iniciativa particular de los vecinos del parque del Prado de San Sebastián. En la noticia, publicada por El País junto con el fotomontaje de la obra terminada, se comentan los aspectos legales y urbanísticos. |
Los profesionales jubilados en la SS no podrán ejercer la profesión privada | |
![]() Entra en vigor a partir del próximo día 1 de julio, y afecta a todo tipo de profesionales colegiados con derecho a prestación por jubilación del régimen general de la SS o de otros regímenes especiales. Se incluye también la nota elaborada por la asesoría Jurídica del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos. Publicación en el BOE Nota de la Asesoría Jurídica del CSCAE |
Esteban Belmonte, nuevo Decano del COACM | |
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Acta electoral |
Nuevos Reglamentos de la LOTAU: Actividad de Ejecución y Disciplina Urbanística | |
![]() El DOCM ha publicado el 29 de abril 2011 los siguientes Decretos: D 29/2011, de 19/04/2011, Reglamento de la Actividad de Ejecución D 34/2011, de 26/04/2011, Reglamento de Disciplina Urbanística Ambos desarrollan el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha. Se establece, entre otras cosas: El Municipio establecerá con carácter anual un módulo estandarizado del presupuesto de contrata de las obras de edificación más habituales en la localidad en virtud de la tipología y usos globales, con la finalidad de fijar una base común sobre la que aplicar la garantía referida en el párrafo anterior. En caso de su inexistencia, podrán aplicarse los módulos establecidos por los Colegios Oficiales a los efectos de su actuación profesional. Los Colegios Profesionales que tengan encomendado el visado de proyectos para los que haya de solicitarse licencia urbanística u otras autorizaciones administrativas, harán constar las discrepancias que observen respecto de la normativa de ordenación territorial y urbanística.
Reglamento de Actividad de Ejecución Reglamento de Disciplina Urbanística |
El Colegio firma con Citibank un acuerdo de colaboración | |
![]() El Colegio de Arquitectos de Ciudad Real y Citibank han firmado un convenio de colaboración en el que la entidad bancaria ofrece una amplia gama de productos y servicios financieros en condiciones ventajosas para el colectivo de arquitectos. Este convenio ha sido suscrito por el Presidente del Colegio, Federico Pérez Parada y el Director de Citibank España en Ciudad Real, Pablo Luis López-Tola de León. Ventajas para colegiados |
Nuevo reglamento de Infraestructuras Comunes de Telecomunicación | |
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III Concurso Nacional de Dibujo Infantil "DIBUJA TU CIUDAD" |
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Otros |
Lugar: Sal�n de Actos del C.O.A. de Ciudad Real |
Día 03-10-2023 a las 00:00 |
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BASES del III Concurso Nacional de Dibujo Infantil |
CONCURSO DE ARQUITECTURA RICHARD H. DRIEHAUS |
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El concurso de Arquitectura Richard H. Driehaus - Richard H. Driehaus Architecture Competition es un Concurso Internacional dirigido a promover la práctica de una arquitectura y un urbanismo que preserven y den continuidad a las tradiciones locales. Ha sido organizado por INTBAU (International Network for Traditional Building Architecture and Urbanism), con la colaboración del Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, el Premio Rafael Manzano de Nueva Arquitectura Tradicional y el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España. |
Se consideran competencia desleal actuaciones tales como:
c)- El ofrecimiento o cobro de honorarios cuyo importe no retribuya el trabajo realizado ni compense los costes asociados a la prestación del servicio, cuando de esta conducta pueda derivarse una apropiación de clientes. A estos efectos, la ponderación de la oferta económica se realizará teniendo en cuenta los sistemas de información de costes y otras herramientas de simulación de cálculo de costes que se manejen por las Administraciones Públicas.
Se entiende que existe situación de incompatibilidad, además de cuando está legalmente establecida, en los siguientes supuestos:
a)- Cuando suceda una colisión de derechos o intereses que pueda colocar al arquitecto en una posición equívoca, implicando un riesgo para su rectitud o independencia.
b)- Cuando se desempeñe una función o un cargo que otorgue una posición de preponderancia, vulnerando los principios de igualdad de oportunidades. Las incompatibilidades que puedan existir para un determinado profesional se extenderán también a sus colaboradores habituales y asociados. En el caso de incompatibilidades derivadas de relaciones personales, la incompatibilidad se extenderá a familiares hasta 4to grado de consanguinidad y 2do de afinidad y a convivientes con una pareja de hecho.
3.10.
Deberes:
1.- Abstenerse del empleo de medios, facilidades o prerrogativas inherentes a su cargo o situación, tanto en provecho propio como de terceros.
2.- Respetar las normas que sobre las incompatibilidades con el ejercicio privado de la profesión se establecen en la legislación vigente sobre el régimen de la función pública.